LaDirección General de Tributos ha analizado la embargabilidad de la ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio creada por medio del artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, en su reciente consulta vinculante (V0455-23), de 28 de febrero de 2023. A tal respecto, el Centro Directivo parte del artículo 169.5 de la LGT, Calculadoradel importe embargable de sueldos. Esta calculadora facilita a los ciudadanos conocer, dada una deuda en fase de embargo, cuál es el importe que, conforme a la legislación vigente, puede ser detraído de su salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, para el pago de la deuda pendiente, así como el período al que se Tributosrecuerda en su consulta vinculante (V0846-22), de 20 de abril de 2022, que los atrasos por horas extras percibidos en virtud de sentencia judicial firme deben imputarse al período impositivo en que hubiese ganando firmeza la sentencia que determinó el derecho a su percepción, por aplicación de la regla especial del artículo
Segúnconsultas vinculantes publicadas por la dirección general de tributos, con la versión 5.29.06 de a3 ASESOR | nom, se actualiza el criterio de cálculo del embargo cuando hay varios embargos simultáneos: Líquido paga mensual (antes de aplicar los embargos): 1.1191,77 euros;
Atener en cuenta: la aplicación calculará el importe a descontar del primer embargo informado. Para continuar aplicando el resto de embargos, si todavía queda líquido embargable, procederá a descontar el importe correspondiente al segundo embargo y así sucesivamente. En cada embargo deberás informar el concepto de descuento que Sucedeque en el caso de prorrateo de las extras, el porcentaje del art. 607 LEC es el que supera el SMI, mientras que cuando son dos pagas extras no prorrateadas, el porcentaje es muy superior, al aplicarse las reglas del 607 LEC en aquellos dos meses sobre la cantidad que supera un solo SMI mensual, procediendo la acumulación del mes y la
Encaso de que una empresa reciba una notificación de la Agencia Tributaria para que ejecute un embargo de salarios o de créditos está obligada a retener esas cantidades e ingresarlas en Hacienda. ¿Se aplica también a las dietas a pagar? Una consulta vinculante aclara este extremo. En principio la consulta se refiere al caso de
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